Modelo alemán: Ley sobre la protección civil contra actos de violencia y acoso

En 1997 se promulgó en Austria la primera ley en Europa destinada a proteger a las víctimas de maltrato en la pareja, la llamada Ley Federal de Protección contra la Violencia en la Familia (GeSchG). La vecina Alemania no tardó en importar la misma ley de forma similar: regulando los protocolos de intervención policial y complementando el derecho penal y el derecho civil para mejorar la protección de las víctimas (divorcios, asignación de la viviendo conyugal, asesoramiento legal, etc). La Ley Federal de Protección contra la Violencia y Acoso (2001), básicamente introducía órdenes de protección para víctimas, órdenes de alejamiento para los maltratadores y apoyo en los centros de intervención y asesoramiento. La prioridad claramente recae sobre las mujeres pero el enfoque estaba basado en la violencia doméstica (de pareja + familiar), siendo relevante el ámbito en el que ésta se produce y no el género de los sujetos implicados, como en España sucede con la violencia de género.

Esto se traduce en una actuación institucional basada en la protección de la familia y en la ruptura con los estereotipos de género, que también han afectado negativamente a los hombres. El ministerio competente en la materia a nivel federal es el Ministerio de la Familia, Tercera Edad, Mujer y Juventud. Por otro lado, en las estadísticas sobre violencia doméstica se incluyen entre las víctimas tanto a hombres como mujeres (adultos, menores y tercera edad). Obviamente separando los perfiles por sexo pero presentados como un problema común y no específico (de género).

Voces críticas

Desde el principio de estas reformas aparecieron voces críticas contra la ley, como la del criminólogo alemán Michael Bock, quién publicó un polémico artículo en el que se ponía en duda la lectura institucional del fenómeno de la violencia doméstica. Bock argumentaba que la idea mayoritariamente aceptada de que las mujeres son las principales víctimas de la violencia doméstica es errónea.

Si se analizaba la metodología aplicada por los estudios sociológicos alemanes para llegar a esta conclusión, Bock replicaba que los datos oficiales eran obtenidos a través de una muestra seleccionada y no aleatoria. Es decir, “casos en los que se hicieron públicas experiencias reales o supuestas de violencia: por parte de las fuerzas del orden, por médicos u hospitales, en instituciones sociales, etc”. Estos resultados dejaban el denominado “campo oscuro” fuera del estudio, lo que vendría a ser ese umbral de la violencia que no llega a las autoridades, la que no se conoce.

Por otro lado, apelaba a que para las mujeres actualmente “salir de la violencia” es a todas luces una victoria, “una ganancia”, mientras que lamentablemente para los hombres sigo siendo motivo de burla e incredulidad por parte de las instituciones precisamente porque contradicen el estereotipo social. Desde el punto de vista ideológico Bock alertaba de la “incorporación de la perspectiva de género” como un “incremento totalitario en la política de mujeres”.

En 2005 un estudio piloto no representativo fue impulsado por el Ministerio de Familia. En el estudio “Violencia contra los hombres” los mismos investigadores concluyen que a pesar de la falta de medios para estudiar más a fondo el problema, “queda claro que existe una falta de recursos y servicios para los hombres o que estos no están haciendo uso de los recursos que podrían potencialmente ayudarles, ya que ni estos hombres ni su entorno perciben la violencia que experimentan como tal”.

Para ilustrar la desigualdad que sufrimos también en el campo de la investigación, en 2004 se realizó un macroestudio por el mismo Ministerio de Familia en el que participaron 10.000 mujeres, mientras que el estudio piloto de hombres usó una muestra de 190 hombres para la parte específica de violencia doméstica. En resumidas cuentas, los problemas de los hombres siguen permaneciendo ocultos, ante la falta de concienciación social y la nula inversión pública.

PKS o Estadística de Delincuencia Criminal

Para entender mejor cómo se estudian los delitos en materia de violencia doméstica recurrimos a la Oficina Federal de Policía Criminal (BKA). En su último informe de 2022 explican claramente los criterios a la hora de clasificar estos delitos, separando lo que es violencia en pareja (cónyuges, uniones registradas, parejas no matrimoniales y uniones anteriores) de la violencia familiar (familiares u otros parientes).

Lo primero que podemos observar es la riqueza de datos que aportan y cómo contrastan lo específico de la violencia doméstica al total de delitos violentos registrados. Por ejemplo, de las mujeres víctimas de todos los delitos registrados, el 40,9% fueron víctimas de violencia doméstica (171.076 de un total de 417.867 víctimas mujeres), mientras que la proporción de víctimas hombres fue del 12,5% (69.471 de un total de 555.011 víctimas hombres).

También es interesante el desglose por edad, sexo, nacionalidad y tipo de delito (violencia doméstica). Así podemos llegar rápidamente al dato cualitativo: del total de 157.818 víctimas de violencia de pareja cometida y en grado de tentativa registradas en 2022, 126.349 (80,1%) fueron mujeres y 31.469 (19,9%) hombres; que el perfil donde más se concentran los delitos es “mujer entre 30 y 40 años” y que picos de víctimas hombres se encuentra en menores de 21 años y entre los 30 y 40 años.

Fuente: Bundeskriminalamt 2022

Hacemos un breve paréntesis para recordar que el último informe de Violencia Doméstica en España (CGPJ) registró solo 6 casos de hombres víctimas mortales, mientras que en Alemania, en el informe de julio 2023 sobre la violencia doméstica (Ministerio de Familia) contabiliza 239 víctimas de homicidio consumado (58 hombres y 181 mujeres). Además incluyen las 463 víctimas de intento de homicidio (190 hombres, 273 mujeres). Ya hablamos en este artículo del vacío estadístico e informativo que se aplica a los hombres en España.

 

Sistema de protección contra la violencia

Las guías legales establecen claramente que “los hombres también pueden ser víctimas de violencia en sus relaciones de pareja” aunque recuerdan que “una de cada cuatro mujeres en Alemania es víctima de violencia doméstica”. Veremos que igual que en el modelo inglés, el sistema procesal germano tienen unos filtros previos al enjuiciamiento: acopio de pruebas, interrogatorios e investigación de la policía (Polizei) y una segunda revisión por parte de la Fiscalía (Amtsanwaltschaft).

El equivalente al 016 en España sería el 110, con la diferencia de que es el número de emergencia de la policía alemana, y no uno específico para violencia de género. Lo que significa que la asistencia no discrimina por razón de sexo, como sí lo hace el 016 español. Más específicamente podemos encontrarnos dos líneas telefónicas de ayuda a víctimas de violencia doméstica, para hombres (0800 123 99 00) y otro para mujeres (08000 116 016). 

Cuando la Policía recibe una llamada de urgencia acude al domicilio. Mientras interrogan a los implicados por separado deben atender a los indicadores de violencia e inspeccionar la escena para confiscar cualquier evidencia. Puede detener provisionalmente al maltratador si la situación lo requiere, pero no es una norma establecida para el 100% de los casos.

También pueden alejar al supuesto agresor de la vivienda común y confiscar sus llaves si lo ven necesario. La orden de expulsión y la prohibición de entrada a la vivienda pueden durar hasta 14 días, cuando exista riesgo de una nueva agresión. Por otro lado, la misma ley en su artículo 2.2 limita la asignación de la vivienda común a la víctima “hasta un máximo de 12 meses en el caso de no poder encontrar una vivienda decente” o “a menos que predominen los intereses del perpetrador”.

Por último, es la propia policía quien puede prohibir, bajo su criterio, el acercamiento del presunto agresor, tanto a la casa como al lugar de trabajo de la víctima o incluso a la guardería de sus hijos en común. Como vemos la policía alemana tiene más autoridad que la española en los casos de violencia doméstica.

 

Caso práctico

IMPODROVA es un proyecto de 3 años de investigación de la violencia doméstica financiado por la Unión Europea (HORIZON 2020) que está formado por dieciséis profesionales experimentados de ocho países (Francia, Alemania, Reino Unido…) y está dirigido a crear directrices a “organizaciones policiales europeas, profesionales médicos y de trabajo social para mejorar e integrar la respuesta institucional” contra la violencia doméstica.

En el caso de Alemania, se han apoyado en la policía de Berlín, entre otros, para compartir este conocimiento con el resto de organizaciones. En una de estas publicaciones se enseña de manera exhaustiva formación policial (comunicación, sesgos inconscientes, indicadores de violencia, evaluación de riesgos, etc) para tratar con los casos de violencia doméstica de acuerdo con los marcos legales en Alemania y Europa.

Si nos paramos en el “Módulo 4: Investigación policial y actuaciones judiciales” nos encontramos curiosamente con el estudio de un caso práctico de un hombre víctima de violencia doméstica, en el que se explica cronológicamente una situación real de maltrato desde que es atendida por la policía a raíz de “una pelea en el estacionamiento de un centro comercial entre el Sr. E. y la Sra. E.”, hasta que tras unos días “las investigaciones policiales concluyen que el Sr. E. aparentemente ha sido víctima de años de violencia por parte de su esposa y su madre. Ambos casos -ella tenía herida en la cabeza de la pelea del parking y lo consideran como posible delito- se envían a la oficina del fiscal para la toma de decisiones adicionales por parte del departamento especial para casos de violencia doméstica”.

En este caso, al hombre nunca se le presume culpable ni cuando la mujer denuncia una agresión. No fue llevado al calabozo ni puesto a disposición judicial hasta que no se completaron las pesquisas policiales. Es más, es a través de las investigaciones que se concluye que la víctima de maltrato continuado es él y no ella, por lo que sin pasar por un juzgado al Sr. E. se le deriva a “un centro de asesoramiento especializado para hombres afectados por la violencia doméstica y obtiene una orden de protección en virtud de la Ley de protección contra la violencia (GewSchG)” para que finalmente “se le concede el uso exclusivo de la vivienda conyugal”.

 

Denuncia ante la Policía

La declaración de la víctima es vital para dar curso a la denuncia. Aunque no está obligada a declarar contra su pareja, la víctima siempre puede acogerse a su derecho a no declarar, en cuyo caso, la denuncia quedaría guardada durante algunos años y se retomaría el procedimiento si en algún momento posterior decide prestar declaración.

Sólo se podrá obtener apoyo institucional si se denuncian los hechos, y por lo tanto queda en manos de la víctima a través de su declaración obtener dicho apoyo. Al contrario que en España, cuando ha sido cursada la denunciada no será en el Juzgado de Violencia Hacia La Mujer sino en un Juzgado de Familia, al que competen todas las medidas civiles, como la custodia o la asignación exclusiva de la vivienda familiar. El proceso penal discurre en un proceso paralelo.

 

Proceso penal

Tras la investigación policial se trasladará su denuncia a la Fiscalía Municipal o Estatal, donde se comprobará si hay motivos para un enjuiciamiento judicial. Tras una investigación preliminar, los escenarios posibles son:

  • Finalización del procedimiento: si no hay suficientes pruebas para una condena. El denunciante puede recurrir esta decisión.
  • Orden penal: la Fiscalía cree que hay evidencias para una condena y realiza formalmente la acusación en el juzgado competente. La Fiscalía tratará de buscar un acuerdo de conformidad con el acusado antes de iniciar la vista judicial.

La base legal para un delito penal en Alemania es el Código Penal que, sin embargo, no reconoce el delito penal de violencia doméstica. En consecuencia, no hay ningún párrafo en el CP en el que la violencia doméstica como tal se trate de forma independiente, por ejemplo, delitos de amenazas (artículo 241) del Código Penal o daño corporal en el sentido del artículo 223, 224, 226 y en adelante.

Recordemos que en España existe la violencia de género como un delito penal tipificado, con agravante de género (víctima mujer), lo que significa que los hombres se amparan en el delito de violencia doméstica que, como ya adivinaréis, tiene penas inferiores por el mismo hecho. En el CP alemán no existen agravantes de género. En su Art. 46 “Principios de la fijación de la pena”, se explican las circunstancias particulares del delito que se tienen en consideración antes de condenar al acusado:

  • los móviles y objetivos del autor.
  • el ánimo, que habla del hecho y la voluntad empleada en el hecho.
  • la medida de la violación al deber.
  • la clase de ejecución y el efecto culpable del hecho.
  • los antecedentes de conducta del autor.

Es decir, no se considera el género del acusado como fundamento para la fijación de la pena. Sí que existen penas accesorias para los que cometen una pluralidad de delitos (Art. 53).

 

Vista oral

Si tras la acusación de la Fiscalía se sigue adelante con el proceso el Juzgado decide si se admite la querella, en cuyo caso se fijará fecha para una vista y se citará tanto al agresor como a la víctima y a otros testigos. En la vista, la víctima debe realizar de nuevo una declaración completa, ya que el tribunal sólo puede adoptar una decisión basándose en las declaraciones que se presten durante la vista. Es decir, es necesario que la víctima reafirme su versión de los hechos.

Si la víctima se niega a declarar en la vista, no se tendrán en cuenta sus testificales anteriores, por lo que si no presenta otras pruebas concluyentes se archiva el caso, quedando el acusado absuelto. En el caso de España, Finalmente y una vez escuchadas las dos partes, el tribunal adopta una decisión en forma de sentencia, condena o absolución.

Todas las víctimas tienen acceso a recursos públicos como líneas telefónicas y oficinas de asesoramiento legal pero no siempre podrán representarles gratuitamente en el juicio. La justicia gratuita no está asegurada para todas las víctimas. Los requisitos los marcan la circunstancias socioeconómicas del denunciante y no su sexo, como sí sucede en España.

Por último, destacar que no existen “pensiones” por ser víctima de violencia; solo recursos y ayudas durante el proceso penal. Sí que pueden pedir una indemnización por daños y perjuicios en el Juzgado Civil.

 

Medidas civiles cuando hay hijos menores

Ante la urgencia de determinar cuestiones como la residencia de los hijos, la custodia o el régimen de visitas existe un “Principio de Celeridad” (§ 155 FamFG) que agiliza los procesos civiles para que la situación de los menores tengan prioridad sobre el resto de causas familiares. Lo que significa que la ley obliga al juzgado competente a poner fecha al proceso de menores en un plazo máximo de 30 días, salvo excepciones muy justificadas.

Persecución de un delito de agresión

Fuente: BIG Koordinierung

Derecho de Trato o visitas

Independientemente del estado de la custodia, el padre mantiene generalmente un derecho de trato con los hijos/as. Aunque se puede solicitar al Juzgado de Familia la suspensión provisional o ilimitada del derecho de trato, éste no se ve suprimido solo por una denuncia como en España. Según la jurisprudencia alemana “si no se pueden determinar indicios fiables de abuso mediante las investigaciones judiciales requeridas, se descarta una restricción del derecho de contacto (con el menor) sobre la base de una mera sospecha restante.

Con frecuencia, el juzgado acuerda como solución las visitas tuteladas, lo que significa que las visitas se realizan en presencia de una persona de confianza o de un trabajador de la Oficina de Menores o de otras instituciones, lo que se asemejan a los puntos de encuentro en España.

Presunción de inocencia

En el marco de la Ley de Violencia de Género de España, como todos sabemos, existen disposiciones que permiten la adopción de medidas de protección cautelares sin necesidad de una sentencia previa. Existe una jurisprudencia bastante consolidada a la hora de validar la palabra de la denunciante para condenar al denunciado, sobre todo en los casos de violencia sexual. Así la STS 5494/2016 arguye que “la declaración de la víctima puede ser considerada prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia, incluso aunque fuese la única prueba disponible”.

En Alemania, la presunción de inocencia sigue siendo un principio fundamental del sistema legal, incluyendo los casos de violencia doméstica. Aunque se pueden adoptar medidas cautelares para proteger a las víctimas, generalmente se requiere una investigación y un proceso judicial antes de dictar una sentencia definitiva. En los procesos penales se toman muy en serio los principios legales como el In dubio pro reo: en caso de duda a favor del acusado.

 

Servicios para hombres maltratados en Alemania

Los recursos públicos para toda víctima de violencia están amparados por la Ley Fundamental de la República Federal. La financiación de los centros de ayuda para víctimas deriva del Artículo 2, que obliga al Estado a garantizar “el derecho a la vida y a la integridad física” de toda persona. La inclusión de los hombres en estos derechos también están garantizados por el Artículo 3 del mismo, en el que se reconoce que “hombres y mujeres gozan de los mismos derechos” y que “el Estado promoverá la realización efectiva de la igualdad de derechos de las mujeres y los hombres e impulsará la eliminación de las desventajas existentes”, así “nadie podrá ser perjudicado ni favorecido a causa de su sexo”.

En Alemania, existen diversos servicios públicos y organizaciones que operan para abordar el problema de la violencia doméstica, incluyendo aquellos que brindan apoyo a hombres víctimas de este tipo de violencia. Algunos de los servicios públicos más destacados son:

  1. Polizei (Policía): La policía es el primer punto de contacto para cualquier persona que sea víctima de violencia doméstica, incluyendo hombres. El número de emergencia 110 se usa para alertar de una situación de violencia doméstica y solicitar ayuda inmediata. La policía tiene la responsabilidad de investigar los casos de violencia y proporcionar protección a las víctimas.
  2. Hilfetelefon Gewalt gegen Männer (Línea de Ayuda para Hombres Víctimas de Violencia): Es una línea de ayuda telefónica específica para hombres que sufren violencia doméstica en Alemania. Proporciona asesoramiento y apoyo emocional las 24 horas del día y los 7 días de la semana. El número de contacto es el 0800 123 99 00.
  3. Weiße Ring (Anillo Blanco): Es una organización de ayuda a víctimas de delitos en Alemania que brinda apoyo y asesoramiento a personas afectadas por diferentes formas de violencia, incluyendo la violencia doméstica. Tienen oficinas locales en diferentes regiones de Alemania.
  4. Männerhaus e.V.: Es una organización sin fines lucrativos que ofrece refugio y apoyo a hombres que han sido víctimas de violencia doméstica en Alemania. Operan casas de acogida específicas para hombres en algunas ciudades.
  5. Bundesfach- und Koordinierungsstelle Männergewaltschutz: un centro técnico que está enfocado en desarrollar una red nacional de instalaciones de protección para hombres, asesoramiento sobre los recursos disponibles, además de servir como foro para víctimas hombres y de ser una fuente de divulgación sobre los derechos de los hombres.
  6. Medios de comunicación: tanto en prensa, televisión o youtube se publican informaciones y vídeos de hombres víctimas de violencia doméstica con gran aceptación, llegando a más de 500.000 de reproducciones. La inclusión de los hombres dentro del problema común de la violencia doméstica está más que normalizada en los medios alemanes. Youtube: Familiärer Missbrauch & Häusliche Gewalt – Tabuthema Gewalt gegen Männer | Y-Kollektiv

En Alemania han desarrollado un sistema legal y social que no discrimina por el género de la víctima. Tampoco necesita destruir principios jurídicos básicos, como la presunción de inocencia o el derecho a un juicio justo, para proteger a la víctima. La violencia doméstica se concibe como un problema del ámbito familiar y de igual gravedad para ambos sexos, cada uno con sus necesidades. Desde el mismo ministerio que regula los recursos públicos y la ley que castiga los delitos hasta la sensibilización social del problema. El mismo sistema reduce los incentivos para denunciar falsamente gracias a los mecanismos legales que filtran las acusaciones y que aseguran una investigación previa al enjuiciamiento. Después del procedimiento penal no existen “recompensas” para las víctimas de violencia doméstica, lo que evita la parasitación de los recursos públicos. En su defecto, estos son dirigidos principalmente a la asistencia directa especializada y a la ayuda habitacional en los casos más graves que precisan de protección.

Según las organizaciones, el principal reto a los que se enfrentan en Alemania consiste en ampliar y mejorar los recursos ya existentes y cambiar la opinión generalizada sobre violencia doméstica (incluir a los hombres), a través de campañas de concienciación del maltrato, para superar los estereotipos sociales e invitar a los hombres a denunciar situaciones de violencia. También denuncian las carencias materiales, como cuando no existen refugios específicos para hombres víctimas de violencia doméstica y éstos se ven forzados a ir a casas de acogida para personas sin techo.

 

Männer-Wohn-Hilfe

Cuando hablamos con Wolfgang Rosenthal y Stefanie Thiede-Moralejo, de Männer-Wohn-Hilfe (atención telefónica y ayuda a la vivienda para hombres maltratados) les preguntamos por los principales retos a los que se enfrenta su organización. Según nos explican, en Alemania este tipo de asociaciones son financiadas por gobiernos regionales (länders) y locales. Las mujeres maltratadas cuentan con servicios proporcionados por el gobierno central además de algunos regionales. Männer-Wohn-Hilfe es una organización sin fines lucrativos que trabaja en los alrededores de Oldemburg, en una de las regiones con más renta per cápita de toda Europa, Baja Sajonia. Esto se traduce en que, más allá del trauma causado por el maltrato, la mayoría de sus afectados son económicamente solventes y son capaces de recuperarse en pocos meses, lo que contrasta bastante con nuestra situación en España, en la que muchos hombres, y sobre todo padres, sufren durante años un calvario del que dificilmente se puede salir. Männer-Wohn-Hilfe “apenas” lleva ocho años operando, pero “existen otras asociaciones más veteranas”, dice Rosenthal. Su principal preocupación es no perder el trabajo y los avances ya conseguidos. Ellos suponen un refugio para aquellos hombres que son empujados a escapar de sus hogares a causa de la violencia doméstica.

Rosenthal y su organización se dedican a atenderlos telefónicamente a través de voluntarios cualificados y dan ayuda habitacional en apartamentos de renta reducida, además de brindarles apoyo psicológico. A ningún hombre se le exige aportar pruebas de una agresión o una denuncia que de cuenta de su situación. Les ayudan a sentirse seguros, les dan tiempo y espacio para digerir la situación y buscar asesoramiento para después tomar las decisiones oportunas. Al preguntarnos por la situación de nuestra asociación y de los hombres maltratados en España, no pueden evitar asombrarse de las disparidades que existen entre ambos países.

En Alemania, los asuntos penales nunca son absorbidos por los procesos civiles. La ley alemana protege a todos los ciudadanos por igual, independientemente de su género o sus preferencias sexuales. Recordemos que en España las parejas homosexuales están excluidas de la protección de la Ley de Violencia de Género. Por otro lado, existe un enfoque filosófico diferente sobre cómo se aborda la cuestión de la violencia doméstica en Alemania. A pesar de que se dedican exclusivamente a ayudar a hombres, ellos se consideran profundamente feministas. En España por el contrario, el feminismo institucional invisibiliza los problemas de los hombres, hasta tal punto que ayudar a estos hombres es considerado como un blanqueamiento al machismo o negar la violencia que sufren las mujeres, como si ambas cosas no fueran compatibles. La conclusión a la que llegamos es que en Alemania se ha cultivado un feminismo de corte liberal, mientras que España reina el feminismo más radical.

 


 

Fuentes:

1. https://www.ris.bka.gv.at/Dokumente/BgblPdf/1996_759_0/1996_759_0.pdf

2. https://www.gesetze-im-internet.de/gewschg/BJNR351310001.html

3. https://www.bmfsfj.de/

4. https://www.bmfsfj.de/bmfsfj/aktuelles/alle-meldungen/zahl-der-opfer-von-haeuslicher-gewalt-steigt-deutlich-an-228266

5. https://www.landtag.nrw.de/Dokumentenservice/portal/WWW/dokumentenarchiv/Dokument/MMZ13-1086.pdf;jsessionid=6059965670957FA810BC2622C3E2804A

6. http://www.kellmann-stiftung.de/index.html?/beitrag/Bock_Gender.htm

7. https://www.bmfsfj.de/bmfsfj/studie-gewalt-gegen-maenner-84660

8. https://www.bmfsfj.de/bmfsfj/studie-lebenssituation-sicherheit-und-gesundheit-von-frauen-in-deutschland-80694

9. https://www.bka.de/SharedDocs/Downloads/DE/Publikationen/JahresberichteUndLagebilder/HaeuslicheGewalt/HaeuslicheGewalt2022.html?nn=219004

10. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Violencia-domestica-y-de-genero/Actividad-del-Observatorio/Informes-de-violencia-domestica-y-de-genero/Informe-sobre-victimas-mortales-de-la-violencia-de-genero-y-domestica-en-el-ambito-de-la-pareja-o-expareja-en-2021

11. https://www.bmfsfj.de/bmfsfj/aktuelles/alle-meldungen/zahl-der-opfer-von-haeuslicher-gewalt-steigt-deutlich-an-228266

12. https://asociaciondefensahombresmaltratados.es/la-mitad-de-un-problema-tambien-es-un-problema/

13. https://www.big-berlin.info/sites/default/files/medien/330_IhrRecht_es.pdf

14. https://asociaciondefensahombresmaltratados.es/el-modelo-ingles-el-genero-no-es-el-problema/

15. https://www.hilfetelefon.de/aktuelles/auch-maenner-erleben-gewalt.html

16. https://www.hilfetelefon.de/das-hilfetelefon.html

17. https://www.gesetze-im-internet.de/gewschg/BJNR351310001.html

18. https://improdova.eu/

19. https://training.improdova.eu/de/trainingsmodule-fur-die-polizei/modul-4-polizeiliche-ermittlung-und-gerichtsverfahren/

20. https://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/legislacion/l_20080616_02.pdf

21. https://violenciagenero.igualdad.gob.es/laDelegacionInforma/pdfs/Asistencia_Gratuita.pdf

22. https://www.gesetze-im-internet.de/famfg/__155.html

23. https://www.newtral.es/suspender-regimen-visitas-tribunal-constitucional/20220919/

24. https://www.landesrecht-bw.de/bsbw/document/KORE209292013

25. https://www.poderjudicial.es/search/TS/openDocument/7d0251d9ba267bf1/20161226

26. https://www.hilfe-info.de/WebS/hilfeinfo/DE/EigeneRechteKennen/Strafverfahren/Strafverfahren_node.html

27. https://www.btg-bestellservice.de/pdf/80206000.pdf

28. https://www.polizei.de/Polizei/DE/Information/information_node.html#doc39932bodyText1

29. https://www.maennerhilfetelefon.de/

30. https://weisser-ring.de/gewaltopfer-mann

31. https://www.maennerwohnhilfe.de/

32. https://www.maennergewaltschutz.de/

33. https://www.berliner-zeitung.de/mensch-metropole/gewalt-gegen-maenner-in-berlin-gibt-es-kaum-hilfe-und-notunterkuenfte-li.342572

34. https://www.zdf.de/nachrichten/politik/haeusliche-gewalt-zahlen-verbreitung-hilfe-100.html

35. https://www.youtube.com/watch?v=lxXBQ6s15ZQ

36. https://www.maennergewaltschutz.de/category/neuigkeiten/